6- PARTIDOS POLÍTICOS
6.5 Principio de autorregulación
Potestad de Partidos Políticos de definir destino de recursos
Entiéndase, sobre el particular, que el destino que le den los partidos políticos a los bienes y recursos que componen su patrimonio representa una decisión enmarcada dentro del principio de autorregulación interna el cual, a su vez, es reflejo de otros dos principios de gran relevancia: a) el principio de autodeterminación, regulado en el artículo 87 del Código Electoral; b) el principio de libertad, que cobija a todos sus miembros.
N.° 7641-E8-2011.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. San José, a las quince horas con cincuenta minutos del veintinueve de noviembre de dos mil once. Opinión consultiva solicitada por los señores Bernal Jiménez Monge, Antonio Calderón Castro y Alicia Fournier Vargas, en su orden Presidente, Secretario y Tesorera del Comité Ejecutivo Superior Nacional del Partido Liberación Nacional, en torno a la utilización de recursos partidarios dentro del plebiscito revocatorio de mandato acordado por el Concejo Municipal de Pérez Zeledón en la sesión ordinaria n.° 072-11, artículo 6), inciso 1), celebrada el 13 de setiembre de 2011.